Nueva reducción de la jornada laboral: así quedará y lo que cambia en el país

La reducción gradual de la jornada laboral en Colombia, que comenzó desde el 2023, tendrá una nueva disminución, esta vez, se pasará de 47 a 46 horas semanales, de acuerdo con lo establecido en la Ley 2101 de 2021.

Posteriormente, en 2025, comenzará una reducción de dos horas anuales hasta llegar (en 2026) a las 42 señaladas por la ley.

Aunque esta reducción se encuentra establecida para todos los sectores empleadores en Colombia y sus efectos se aplican de forma generalizada, existen algunas excepciones.

Pero hagamos memoria, y es que la puesta en marcha de esta ley y los lineamientos que la integran aplican para los trabajadores que forman parte del sector privado del país. Sin embargo, en cuanto a los servidores públicos, están exentos de esta normativa, a menos que laboren en empresas del Estado y cuyas relaciones laborales se rijan por el Código Sustantivo del Trabajo.

También hay excepciones a esta norma, y es de aquellas labores que sean especialmente insalubres o peligrosas, ya que en este caso el Gobierno nacional puede ordenar la reducción de Ia jornada laboral de acuerdo con dictámenes al respecto.

Por su parte, los adolescentes autorizados para trabajar también están excluidos de esta ley, dado que la duración máxima de su actividad consta de reglas distintas.

La normativa afirma que el empleador y el trabajador pueden acordar, temporal o indefinidamente, turnos de trabajo sucesivos que no excedan las seis horas al día y las 36 horas a la semana.

“Esta ley permite que Colombia se acerque a los estándares internacionales y a lo recomendado por la Organización Internacional del Trabajo, dará más tiempo libre a los trabajadores y trabajadoras y mejorará la productividad en las empresas”, indicó la ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez.

La cartera de Trabajo aseguró que la ley tampoco afecta o modifica las jornadas laborales inferiores de trabajadores con horarios especiales, como la de menores de edad que trabajan con contrato laboral y con permiso del Ministerio de Trabajo.

A su vez, recalcaron que la reducción de la jornada no tendrá implicaciones en la remuneración salarial ni prestacional, así como el valor de la hora ordinaria de trabajo.



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